



Fue considerado autor del delito de abuso sexual con acceso carnal continuado agravado por la guarda y por haber sido cometido contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma.
El juez le impuso una pena de ocho años y seis meses de prisión efectiva. Además, ordenó la extracción de muestras de ADN del acusado para su incorporación al Banco de Datos Genéticos.
El acuerdo de la pena fue presentado por las partes involucradas. El acusado aceptó su participación en el hecho y la madre de la menor prestó su consentimiento.
La investigación se inició a partir de un informe policial. Un agente de la Comisaría de Aguas Blancas se dirigió a un domicilio en la Finca Solazutti el 14 de diciembre de 2023, para notificar el cumplimiento de medidas judiciales dispuestas por el Juzgado de Violencia de Género de Orán.
Al llegar la policía al lugar la niña de 10 años les contó muy nerviosa y entre lágrimas que su padrastro la obligaba a mantener relaciones sexuales. Esto ocurría cuando su madre se encontraba fuera del domicilio por motivos laborales. La madre declaró desconocer la situación que estaba sufriendo su hija, ya que era su pareja quien cuidaba a los menores.


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