
Son los primeros diagnósticos registrados en el departamento en lo que va del año. Desde Salud Pública destacaron la importancia de la detección temprana y el control de contactos estrechos.


Vecinos del Barrio Vicente Solá fueron testigos de un acto de crueldad animal que dejó a todos atónitos. El hecho ocurrió sobre calle Velazquez al 700.
Grandes y chicos se vieron sorprendidos por el aullido desesperado de un animal, por lo que de inmediato salieron de sus casas para poder ver que pasaba. Siguiendo el aullido desesperado es que lograron dar con una vivienda donde claramente se podía observar a un sujeto, cuyas iniciales son J M A, quien sujetaba una cuerda con fuerza y en el extremo había amarrado a su mascota.
Quienes eran testigo del terrible hecho comenzaron a gritarle al sujeto para que cesara su accionar, otros de inmediato llamaron al servicio de emergencias 911. J M A decidió soltar al animal, afortunadamente aún no había perdido la vida pero quedó tendido en el suelo hasta poder recuperarse.
El personal policial arribó al lugar, dialogaron con los vecinos pocos minutos se retiraron. Lamentablemente no pudieron actuar ya que el animal seguía con vida. Quienes fueron testigos del cruel acto expresaron que se pondrán en contacto con asociaciones protectoras de animales para que el perro sea rescatado.
La ley Sarmiento establece la prohibición del maltrato a los animales en todo el territorio nacional, y además que las autoridades policiales cooperarían con la Sociedad Argentina Protectora de Animales para hacer cumplir la ley. La naturaleza de la misma era contravencional, es decir que establecía multas a infractores, pero no penas de cárcel. Se puede decir que esta reglamentación se constituye en el antecedente de la actual Ley 14346 sancionada en 1954, que sí fue de carácter penal y además pionera en su tipo en América Latina.
LEY 14.346
■¿Qué se entiende por maltrato a animales?
●No alimentarlos bien.
●Estimularlos con instrumentos que les causan dolor, como el látigo.
●Hacerlos trabajar muchas horas sin descanso.
●Hacerlos trabajar cuando no están en buen estado físico.
●Estimularlos con drogas sin fines terapéuticos.
●Usarlos para llevar vehículos muy pesados.
■¿Qué se entiende por actos de crueldad con los animales?
●Hacer cortes sobre el animal vivo para abrirlo y examinar su contenido (disección).
●Cortar cualquier parte del cuerpo del animal, salvo para marcación o higiene.
●Operar a animales sin anestesia y sin tener título de médico o veterinario, salvo caso de urgencia.
●Hacer experimentos con animales.
●Abandonar a los animales utilizados en experimentos.
●Matar a animales en estado de embarazo.
●Lastimar y atropellar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por perversidad.
●Hacer actos públicos o privados de peleas de animales.
●Hacer corridas de toros en que se mata, lastima o agrede a los animales.
¿Qué pasa si alguien realiza cualquiera de estos actos?
Comete un delito penado con prisión de 15 días a 1 año.
■¿Qué puedo hacer en caso de maltrato o crueldad con animales?
●Tenés que hacer la denuncia penal. El trámite es gratuito y los funcionarios están obligados a tomarla. Según donde vivas, podés hacerla:
●En la comisaría más cercana al lugar donde ocurrió el hecho.
●En la fiscalía o UFI (Unidad Funcional de Instrucción).
●En el Juzgado de instrucción.

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