



Un sujeto de 48 años fue condenado a ocho años de prisión efectiva por resultar autor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la convivencia.
En el mismo fallo, el sujeto fue absuelto del delito de promoción de la corrupción de menores agravada por la convivencia por aplicación del principio de la duda.
El imputado fue denunciado por abusos cometidos en perjuicio de la hija de su pareja.
El juez Francisco Mascarello, vocal de la Sala VII del Tribunal de Juicio no hizo lugar a la solicitud de arresto domiciliario de la defensa y ordenó el inmediato traslado del condenado a dependencias del Servicio Penitenciario Provincial, donde deberá permanecer detenido a disposición del tribunal.
Se dispuso además la realización de un examen genético del condenado para su inscripción en los Registros -nacional y provincial- de datos genéticos vinculados a delitos contra la integridad sexual.


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