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FRENTE A FRENTE.-Las partes involucradas en el caso son la UTE que emitió los cheques, la compañía de seguros, la escribana que certificó las firmas de las pólizas apócrifas (denunciantes) y el bróker de seguros (imputado).
La fiscal penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Ana Inés Salinas Odorisio, comenzó su intervención en julio de 2023 a raíz de una denuncia presentada por la representante de la UTE (Unión Transitoria de Empresa) Mariana Solar – FCS S.R.L. – Los Arcángeles S.A. La denuncia estaba relacionada con la emisión de dos pólizas de seguros contratadas y emitidas por el imputado a nombre de Alba Compañía Argentina de Seguros S.A., las cuales resultaron ser falsas.
La empresa Litio Minera Argentina S.A. fue la que detectó la maniobra y notificó a la aseguradora de tal situación.
La UTE había emitido dos pagos por las sumas de $5.919.568,62 y $20.693.444,80 por las dos pólizas, con cheques de su cuenta.
Ante el reclamo de la UTE, la compañía de seguros respondió que las pólizas no coincidían con sus registros y que habían sido emitidas por el imputado, quien era su apoderado. En respuesta, Alba Compañía Argentina de Seguros S.A. procedió inmediatamente a revocar el poder conferido al imputado.
El individuo fue denunciado por estafa, abuso de confianza y falsificación de documento privado.
Merced a las tareas de investigación realizadas por la Unidad de Investigación UDEC-CIF, se pudo identificar al acusado, quien había realizado diversas operaciones, como la compra de un automóvil y el pago de cuotas escolares de uno de sus hijos, utilizando cheques de Alba Compañía Argentina de Seguros S.A.
Posteriormente, se llevó a cabo un allanamiento solicitado por la fiscal Salinas Odorisio, durante el cual se incautaron cinco cheques de pago diferido y un vehículo marca Honda.
En el acuerdo de conciliación entre las partes, se establece que el imputado asume la responsabilidad total en la ejecución de la maniobra fraudulenta. Esto incluye la confección de pólizas apócrifas, la recepción y cobro de los cheques, así como la obtención de la certificación de firmas por parte de la escribana, a pesar de tener pleno conocimiento de que excedía las facultades otorgadas mediante poder por parte de la aseguradora.
Además, el bróker de seguros se comprometió y efectuó el pago a la UTE de una suma acordada por las partes, como reparación por el daño causado.
Al ser la aseguradora otra parte afectada por la falsificación de documentación, en el acuerdo se la exime de toda responsabilidad, evitando así una posible ejecución a futuro.
Finalmente, la firma del documento establece que las partes firmantes renuncian a cualquier reclamo ulterior.
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