



El hombre tomó conocimiento de la situación en febrero del año anterior, cuando recogió a su nieta para pasar la tarde en familia. Durante el almuerzo, la niña le contó que su padrastro le negaba comida y la golpeaba.
Pero más tarde la conversación tuvo un vuelco cuando, encontrándose a solas con su abuelo, reveló que su padrastro la tocaba en sus partes íntimas desde que tenía 5 añitos mientras su madre se iba a un merendero. Agregó a ello que la tenía amenazada para que no cuente nada. En su relato explicó que también le había dicho lo que estaba pasando a su maestra, pero esto derivó en un reto por parte de su madre.
Aldo Primucci, juez de la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán, dictó sentencia en un juicio abreviado condenando a un hombre de 30 años como autor del delito de abuso sexual simple agravado por la guarda y la convivencia preexistente.
Le impuso la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y estableció las reglas de conducta la prohibición de acercamiento y de comunicarse con la menor víctima. Se advirtió además que el incumplimiento de cualquiera de estas reglas podría revocar la modalidad condicional de la pena.
En su fallo, ordenó la extracción de muestras de ADN del acusado para su incorporación al Banco de Datos Genéticos. El acuerdo de pena fue presentado por las partes, y el acusado aceptó su participación en el hecho.



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