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FRENTE A FRENTE.-En el día de ayer, viernes 18 de octubre, se ha decidido la suspensión del arresto domiciliario dispuesto al imputado Carlos Alfredo Martínez, quien cumplía esta medida en su domicilio en la localidad de Aguas Blancas.
La resolución fue tomada por el Juzgado a cargo del Doctor Raúl López, tras observar que en la vivienda del imputado, donde se implantó una consigna policial fija con un total de tres efectivos y guardia interna, se venían registrando situaciones irregulares. El informe policial indicó que tanto en los domicilios de Roberto Ortega como de Carlos Martínez se recibían visitas de manera constante y a toda hora, con algunas personas retirándose incluso en horas de la madrugada, lo cual pone en riesgo el cumplimiento de la detención domiciliaria.
Ahora, el juez argumentó en su resolución, una situación que no fue considerada en su momento, señalando que el conflicto en Aguas Blancas, actualmente intervenida con un plan de seguridad y frontera, hace necesario suspender el arresto domiciliario de Carlos Alfredo Martínez, dispuesto desde el 10 de octubre de 2024. Señala que el inmueble se encuentra en una zona de frontera donde pueden surgir conflictos, lo que podría requerir que el personal de custodia asuma otras funciones y dificultar el control por parte de la U.A.D.M.E. y la Dirección de Inserción Social y Supervisión de Presos y Libertados.
Informa también que la persona propuesta como garante del exintendente de Aguas Blancas no ha comparecido ante el Juzgado para aceptar el cargo propuesto, lo que hace más vulnerable el control efectivo de la medida. Decide entonces que la detención de Martínez se mantendrá hasta que se designe un nuevo domicilio dentro del radio de la ciudad y se presente ante el juzgado una persona de confianza que pueda actuar como su garante, conforme a lo establecido en el artículo 382, inciso a del Código Procesal Penal.
Consecuentemente, se ordenó el inmediato traslado de Martínez a las dependencias de Infantería, donde quedará detenido a disposición del juzgado.
Cabe recordar que la Unidad Fiscal ya había presentado un recurso de apelación contra la sentencia que rechazó el pedido de prisión preventiva solicitado por el Ministerio Público Fiscal. En su fundamentación, se argumentó que el arresto domiciliario no es una medida adecuada para mitigar el riesgo de entorpecimiento, ya que Martínez podría seguir influyendo en testigos u ocultando pruebas desde su domicilio, utilizando tecnología a la que tiene fácil acceso.
Además, se consideró inapropiado que el domicilio asignado para cumplir el arresto se encontrara frente a la Municipalidad de Aguas Blancas, dado que esto ha generado una gran conmoción social en los municipios del norte debido a las acciones del imputado. Esta situación agrava la necesidad de implementar medidas restrictivas que garanticen el adecuado desarrollo de las investigaciones. Aunque el juez no se pronunció sobre este aspecto al conceder el arresto domiciliario, lo aborda en esta resolución, lo que será analizado al considerar las medidas procesales a tomar por parte de la Unidad Fiscal.
Por otra parte, cabe informar que, tras analizar los fundamentos expuestos en la concesión del arresto domiciliario al imputado Alejandro Parisi, también se presentará Recurso de Apelación

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