



El sujeto fue denunciado por la madre de la víctima, quien refirió que llevaba cinco años de convivencia con el acusado cuando su hija le contó lo que él le había hecho. Dijo que no tenían hijos en común con el imputado, pero ella sí tenía cuatro de una relación anterior. Relató que una madrugada se despertó porque advirtió que una de sus niñas estaba en su habitación. Le preguntó qué le pasaba y entonces, llorando, le contó que su padrastro se había bajado los pantalones y la había obligado a tocarle su pene.
La denunciante enfrentó a su pareja y lo echó de la casa. Él negó lo ocurrido. Posteriormente, la menor contó que en una oportunidad en que ella se encontraba mirando dibujitos animados en el celular de su abuela, el acusado le había quitado el aparato y, tras realizar una búsqueda en internet, le hizo ver una página con contenido pornográfico.
El sujeto fue condenado en juicio abreviado a la pena de tres años de prisión condicional. El juez Ángel Amadeo Longarte lo consideró autor de los delitos de abuso sexual simple agravado por la convivencia y la guarda y suministro de pornografía agravada, en concurso real.
Durante el mismo lapso de la condena deberá cumplir estrictas reglas de conducta. Caso contrario, el tribunal podrá revocar la modalidad de la pena. Entre otras cosas, se le ordenó mantenerse alejado a trescientos metros de la víctima y de su familia; abstenerse de comunicarse con ellos por cualquier medio; realizar tratamiento psicológico.
Muestras de ADN del condenado serán incorporadas al Banco de Datos Genéticos.


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