



La primera denunciante manifestó que su hija menor se encontraba confeccionando un afiche para la escuela en la casa de su abuela cuando el imputado se acercó por detrás, la tomó de las caderas y comenzó a someterla a tocamientos impúdicos. Aclaró que el sujeto es pareja de una tía de la menor.
En otra ocasión, el acusado también se acercó a la ahijada de su pareja – otra menor de edad- mientras ella estaba en una cama, se le recostó encima y comenzó a tocarle piernas y muslos.
En juicio abreviado, el juez Eduardo Raúl Sángari, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio, condenó al imputado a la pena de tres años de prisión condicional por considerarlo autor del delito de abuso sexual simple (dos hechos), en concurso real.
Durante tres años, el sujeto deberá adoptar una serie de reglas de conducta dictadas con apercibimiento de revocarse la modalidad condicional de la pena en caso de incumplimiento. Entre otras obligaciones, deberá realizar tratamiento psicológico por la naturaleza del delito por el que fue condenado. Además deberá mantenerse alejado de las víctimas.
Además, se le extraerán muestras de ADN para su inscripción en el Banco de Datos Genéticos.


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