
Tras largos años de investigación, la causa se cerró con la absolución de los hermanos Saavedra.
Un hombre de 33 años fue condenado en juicio abreviado a la pena de tres años de prisión condicional como autor de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual simple continuado agravado por la convivencia. Las víctimas son dos menores, sobrinas suyas.
Salta01/07/2024
Agustín

La madre de una de las víctimas relató que un día su hija volvió de la escuela llorando. Le preguntó qué le pasaba y en un primer momento la menor (13) adujo que había tenido un problema con una compañera. Ella le dijo que al día siguiente iría a hablar con las autoridades del establecimiento y entonces la niña le pidió que por favor no lo hiciera y, entre sollozos, le contó lo que le pasaba en realidad. Le dijo que su tío le tocaba sus partes íntimas y que esto venía ocurriendo desde hacía casi un año. Señaló que el acusado la había besado en la boca y que siempre le mandaba mensajes por Messenger preguntándole si estaba sola. Además le insistía para que se creara una cuenta en Instagram, para poder ver fotos de ella.
La otra denuncia fue radicada por la Asesora de Menores e Incapaces 1 de Cafayate, en representación de la otra víctima, también sobrina del imputado.
La madre de la menor (hermana del acusado) refirió que su pareja le pidió que hablara con su hija luego de que la niña le comentara que su tío quería abusar de ella. Así lo hizo y entonces la menor le contó que el imputado la había tocado de manera impúdica y que no le gustaba como la miraba. Le manifestó que se quería ir de la casa debido a que el agresor en ese momento residía en el mismo domicilio que ellas.
El juez José Luis Riera, vocal interino de la Sala V del Tribunal de Juicio, le fijó al condenado una serie de reglas de conducta que deberá cumplir durante dos años, entre ellas, prohibición de acercamiento a las damnificadas, al domicilio donde residen y a las instituciones educativas, de esparcimiento o lugares adonde ellas concurran habitualmente. Además, le prohibió mantener cualquier tipo de contacto y por cualquier medio (oral, escrito, telefónico, mensajes de texto, facebook o similar) con las víctimas y le ordenó someterse a tratamiento psicológico.
Además, le ordenó al imputado pagar un millón de pesos como reparación del daño ocasionado a las víctimas (600 mil pesos para una de las menores y 400 mil pesos para la segunda damnificada).
Finalmente, el juez ordenó la extracción de material genético del condenado para su incorporación a los Bancos de Datos correspondientes.

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