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En la audiencia de revisión, Villar tomó distancia del reclamo de su colega Luciani para que la expresidenta cumpla la condena en una cárcel. El abogado de la líder opositora se opuso a una eventual mudanza y solicitó una flexibilización en el régimen de visitas.
Nacionales07/07/2025
Agustín

El fiscal ante la Cámara de Casación Penal, Mario Villar, pidió que la expresidenta Cristina Kirchner siga bajo arresto domiciliario pero que cambie el domicilio en el que cumple la condena a seis años de cárcel por la causa Vialidad, que es su departamento en Constitución. Villar argumentó que la presencia de la dirigente en el barrio genera tumultos y molestias en el barrio y planteó que por eso debe cambiar el domicilio en el que cumple la sentencia.
Villar retiró el pedido de los fiscales, Diego Luciani y Sergio Mola, para que la expresidenta cumpliera su condena en prisión. La decisión se conoció previo a la audiencia del máximo tribunal penal sobre las condiciones del arresto domiciliario de la exmandataria. En el encuentro expusieron Villar y la defensa de la expresidenta.
El abogado de Cristina Kirchner, Carlos Beraldi, se opuso al pedido de Villar de cambio del domicilio en el que su defendida cumple la prisión domiciliaria. Beraldi además reclamó que la expresidenta no tenga restricciones con las visitas y que le saquen la tobillera electrónica.
La defensa de la expresidenta cuestiona la decisión del Tribunal Oral Federal 2 (TOF2) de limitar el acceso a la propiedad solo para la familia de la expresidenta, abogados y médicos, sin necesidad de requerir un permiso a la Justicia.
La audiencia la fijó la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, liderada por Mariano Borinsky, e integrada además por Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña. Los magistrados analizan las presentaciones de la defensa de la expresidenta contra las restricciones a sus visitas durante el arresto domiciliario en San José 1111, además de la apelación de los fiscales a la domiciliaria a la exmandataria. Tienen un plazo de cinco días hábiles para resolver.
Los abogados de Cristina Kirchner, Beraldi y Ary Llernovoy, argumentaron que los jueces del TOF 2 omitieron que la expresidenta tiene que reunirse con frecuencia con los profesionales contables que la asisten, al igual que los apoderados que se encargan de las cuestiones administrativas que se deben desarrollar en forma diaria en su nombre.
Para los defensores la regla impuesta por el tribunal resulta incompatible con el derecho a la vida familiar y social de su representada. Por este motivo también impugnaron la colocación de una tobillera electrónica para garantizar el cumplimiento de la prisión domiciliaria.
Los detalles de la apelación de los fiscales a la prisión domiciliaria de Cristina Kirchner
Los fiscales federales, Luciani y Mola, apelaron el arresto domiciliario de la expresidenta por la condena a seis años de prisión por la causa Vialidad y pidieron que vaya a una cárcel. Argumentaron que la domiciliaria “es un privilegio” y que “hay falta de igualdad ante la ley”.
Los fiscales plantearon: “Este Ministerio Público, como titular de la acción pública, tiene un interés en que las penas dictadas por su impulso en casos graves de corrupción pública se cumplan como corresponde en los establecimientos carcelarios establecidos al efecto. Además, cabe agregar que existe un gravamen concreto y actual que bien puede considerarse de imposible, insuficiente, muy dificultosa o tardía reparación ulterior”.
Luciani y Mola consideraron que “no se verifican las causales” de la prisión domiciliaria de la expresidenta, medida que la dirigente cumple en su departamento en Constitución: “Jamás existieron motivos reales para apartarse de lo que constituye una clara regla del Código Penal y de la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad: la pena de prisión debe cumplirse dentro de un establecimiento penitenciario”.
Mencionaron que “a partir del análisis de las constancias agregadas al expediente y de la presentación analizada” determinaron que “no se advertían las razones humanitarias que justificaran conceder una medida excepcional como lo es la prisión domiciliaria”. Explicaron que “no se encontraban configuradas ni esgrimidas razones de salud o razones personales que, vinculadas a la edad” les permitieran “inferir que el encierro carcelario podía afectar el derecho a un trato digno o humanitario reconocido a las personas privadas de su libertad”.
Indicaron, además, que en el informe socioambiental del 12 de junio pasado consignaron que la expresidenta dijo que estaba “en un buen estado de salud general” y que con esa información entendieron que “la defensa no había demostrado -ni se advertía- que la privación de libertad en el establecimiento carcelario supusiera, por sí misma, un menoscabo a la vida o a la integridad personal” de la dirigente.

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