



La sentencia fue dictada en el marco de un acuerdo de juicio abreviado por el juez de la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán Mario Maldonado.
La pena impuesta incluye la prohibición de acercamiento a una distancia de doscientos metros a los lugares donde se encuentre la víctima, y la prohibición de todo tipo de comunicación por cualquier medio, como internet o telefonía. En caso de incumplir cualquiera de estas reglas de conducta, podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena.
El acuerdo de la pena fue presentado por las partes, el acusado aceptó su participación en el hecho y la denunciante, abuela de la menor, dio su consentimiento. El hombre que se encontraba detenido hace un año recupero su libertad.
Además, en el fallo se ordenó la extracción de muestras de ADN del acusado para su incorporación al Banco de Datos Genéticos.
La denuncia fue radicada en junio del año pasado en Orán por la abuela paterna de la menor.


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