
El Juzgado de Garantías de Séptima Nominación declaró inadmisible un recurso de casación presentado en una causa por abuso sexual gravemente ultrajante
Un sujeto de 76 años fue condenado a prisión efectiva por abusar sexualmente de su nieta. El imputado es abuelo paterno de la víctima y tenía un taller de tapicería en el domicilio donde residía la menor con sus padres.
Salta26/12/2024
Agustín

En mayo del año pasado, la víctima (15) contó que su abuelo la había sometido a tocamientos en sus partes íntimas desde que tenía 8 años de edad. Señaló que lo hacía por arriba y por debajo de la ropa y que lo hizo hasta que ella cumplió los 13.
La víctima manifestó que un día, al regresar del colegio, el acusado la llevó al taller y le dijo que quería “hacer algo más” y le prometió que le daría plata para que se compre muchas cosas. Ella forcejeó, quiso irse, pero él la sujetó y la accedió carnalmente. En ese momento la víctima tenía 9 años.
La menor relató que cuando tenía 10 años le contó a una psicóloga de su barrio lo que su abuelo le hacía. Esta se lo comunicó a su padre, quien le reclamó al acusado. En ese momento su abuela la trató de mentirosa, le dijo que ya no quería verla, y su abuelo se hizo el enojado. Luego el imputado le pidió perdón, pero siguió sometiéndola a tocamientos.
La audiencia de debate se llevó a cabo en la Sala V del Tribunal de Juicio, presidido por la jueza Gabriela Romero Nayar, quien le impuso al acusado la pena de ocho años de prisión por resultar autor de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda y por el vínculo y abuso sexual con acceso carnal agravado por la guarda y el vínculo.
La jueza dispuso que el condenado cumpla la pena con modalidad de arresto domiciliario debido a que presenta diversas patologías constatadas por profesionales médicos. Ordenó además que se le extraigan muestras genéticas para su inscripción en el banco de datos correspondiente.

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