Se acabó la triple filiación: La Corte Suprema ratificó el límite de dos padres

El Máximo Tribunal revocó un fallo que permitía inscribir a un niño con tres progenitores. Los magistrados sostuvieron que el Código Civil es claro y que cualquier cambio en el modelo de familia debe ser debatido y legislado por el Congreso Nacional.
Nacionales13/03/2026NicolásNicolás

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FRENTE A FRENTE.-En una resolución que marca un precedente determinante para el derecho de familia en Argentina, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto una sentencia que habilitaba la triple filiación. El caso involucraba a un niño nacido mediante técnicas de reproducción asistida, a quien se pretendía inscribir legalmente como hijo de una pareja de hombres y de la mujer gestante.

Con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el tribunal ratificó la constitucionalidad del artículo 558 del Código Civil y Comercial, el cual establece de forma taxativa que "ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales, cualquiera sea la naturaleza de la filiación".

El Congreso, el único ámbito para el cambio

Si bien el juez Rosatti reconoció en su voto que los cambios socioculturales han dado mayor relevancia a los vínculos socioafectivos, advirtió que el Poder Judicial no puede arrogarse facultades legislativas. Según el fallo, la creación de un nuevo modelo de filiación excede la labor de los jueces y debe ser una decisión de política criminal y social resuelta por el Poder Legislativo.

Por su parte, Rosenkrantz y Lorenzetti enfatizaron en un voto conjunto que el límite de dos progenitores no es discriminatorio, sino que busca:

  • Garantizar la seguridad jurídica del menor.

  • Evitar conflictos operativos en la crianza, educación y administración del patrimonio.

  • Preservar el interés superior del niño, el cual, según la Corte, suele confundirse en estos litigios con el deseo o el proyecto de los adultos involucrados.

El origen del conflicto

La causa se inició en 2022, cuando una mujer (quien aportó el óvulo y gestó al bebé) y una pareja de hombres (uno de los cuales aportó el material genético) solicitaron la inscripción triple ante el Registro Civil de CABA. Aunque las instancias inferiores les habían dado la razón declarando la inconstitucionalidad de la norma, los recursos presentados por el Ministerio Público Fiscal y la Defensa llevaron el caso hasta la Corte, que finalmente clausuró —por ahora— la puerta a la pluriparentalidad legal en el país.

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