
El Renaper y los pasos fronterizos quedarán en el Ministerio del Interior. Ambiente pasa a Jefatura de Gabinete.
Los bancos y billeteras virtuales deberán reportar movimientos que superen los nuevos límites. Excederlos puede derivar en sanciones y bloqueos de cuentas.
Nacionales01/10/2025
Debora

La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo que reemplazó a la ex AFIP, estableció los nuevos límites a partir de los cuales las entidades financieras y billeteras virtuales están obligadas a informar transferencias y operaciones de sus clientes.
La actualización, prevista en la Resolución General 5512/2024, se realiza en forma automática y semestral de acuerdo con las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC.
ARCA recordó que superar los topes habilita controles adicionales, que van desde pedidos de justificación del origen de los fondos hasta posibles multas, bloqueos temporales de cuentas o la derivación del caso a la Unidad de Información Financiera (UIF) en casos de sospecha de lavado de dinero.
Nuevos límites vigentes desde octubre de 2025
Control y prevención
El organismo subrayó que estos mecanismos no buscan restringir la operatoria habitual de los contribuyentes, sino garantizar transparencia en el sistema financiero y prevenir maniobras de evasión o lavado de activos.
Con estos cambios, el monto mínimo que dispara la obligación de informar operaciones se multiplicó en algunos casos por más de 40 veces respecto de los parámetros previos.

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