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title: "Giro en la causa Reynoso: la Justicia Federal le otorgó nuevamente la prisión domiciliaria al exjuez"
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description: "Apenas tres semanas después de ser detenido para cumplir su condena de 5 años por la causa \"Reynoso II\", la jueza de ejecución del TOF 2 de Salta autorizó su traslado a una vivienda de la zona norte de la capital salteña con tobillera electrónica. El fallo se fundamentó en su diabetes tipo 2 insulinodependiente e hipertensión severa, descartando la oposición de la Fiscalía."
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date_published: "2026-11-06T01:34:00-03:00"
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tags:
  - "FRENTE A FRENTE"
  - "Juez"
  - "Salta"
author_name: "Nicolás"
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# Giro en la causa Reynoso: la Justicia Federal le otorgó nuevamente la prisión domiciliaria al exjuez

![reynoso_fue_trasladado_a_la_carcel_de_guemes_215178_img0_optimized](/download/multimedia.normal.81af4f510890a0dc.bm9ybWFsLkpQRUc%3D.JPEG)

El fuero penal federal salteño registró una novedad judicial de alto impacto institucional. A tres semanas de haber sido alojado en la cárcel federal de Güemes, el exjuez federal de Orán, **Raúl Juan Reynoso (67 años)**, obtuvo la concesión del beneficio de la **prisión domiciliaria** por estrictos y acreditados motivos de salud.

La resolución fue firmada por la jueza de ejecución del **Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 2 de Salta** y notificada formalmente este **jueves 5 de noviembre de 2026**. La medida dispone que el destituido magistrado cumpla la pena impuesta en un inmueble fijado en la zona norte de la ciudad de Salta, sometido a custodia mediante dispositivo electrónico de monitoreo y bajo un rígido régimen de restricciones.

### **Descompensaciones severas y el choque con la Fiscalía**

La defensa de Reynoso basó la solicitud en el progresivo deterioro físico del exmagistrado, quien presenta **diabetes mellitus tipo 2** de difícil control (requiriendo múltiples aplicaciones diarias de insulina y dietas estrictas) e **hipertensión arterial**.

Entre las pruebas valoradas por la magistrada figuraron descompensaciones agudas durante los traslados procesales: el 15 de octubre registró picos glucémicos de **248 mg/dL** que obligaron a su derivación de urgencia, mientras que en otra derivación al **Hospital Arturo Oñativia** debió ser asistido ante la falta de insumos específicos en la unidad penal, sumado a episodios de temblores y mareos de origen neurológico.

Pese a que el **Ministerio Público Fiscal** se opuso rotundamente sosteniendo que el informe del Complejo Penitenciario Federal III de Güemes indicaba que podía recibir tratamiento interno y remarcar que el acusado no alcanza el requisito etario de 70 años, la magistrada concluyó que el ambiente carcelario configuraba un *"agravamiento ilegítimo de la pena"* dada la imposibilidad de garantizar la atención continua. Asimismo, validó el antecedente médico de 2022 y alertó sobre la sobreocupación de los penales federales locales.

### **Aviso de detención previa y el trámite pendiente por 18 años de condena**

El recorrido reciente del exjuez se aceleró el 14 de octubre, cuando la **Corte Suprema de Justicia de la Nación** rechazó el último recurso y dejó firme la pena de 5 años dictada en agosto de 2024 por favorecer al capo narco Delfín Reynaldo Castedo ("El Patrón del Norte") y extorsionar a un comerciante. Tras ser capturado por Gendarmería en el Escuadrón 45 de Chachapoyas, había sido derivado el 27 de octubre a Güemes.

Con la nueva medida, Gendarmería trasladará al exjuez a su domicilio, donde no podrá salir salvo emergencias, deberá **presentar informes médicos mensuales**, tendrá prohibición de consumo de alcohol, drogas o contacto con procesados/condenados, e imposibilidad total de salir del país.

Es clave remarcar que la domiciliaria no extingue las penas ni otorga la libertad. Asimismo, continúa en trámite ante el Tribunal Oral Federal N.º 1 el pedido del fiscal general **Carlos Martín Amad** para unificar las sentencias de *Reynoso I* (13 años) y *Reynoso II* (5 años) mediante una **suma aritmética de 18 años de prisión**, trámite que definirá el cómputo final de la pena del exmagistrado.

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