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title: "Aguas del Norte: La Corte de Salta le ratificó la responsabilidad por la contaminación del río Arenales"
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description: "El Máximo Tribunal provincial rechazó el recurso de apelación presentado por CoSAySa y confirmó su inclusión obligatoria en la ejecución de la sentencia firme de 2017. La Justicia desestimó sus argumentos, remarcó la indivisibilidad de la cuenca hídrica y ratificó las medidas urgentes impulsadas por la Unidad Fiscal Ambiental tras años de incumplimientos."
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date_published: "2026-09-25T12:56:00-03:00"
date_modified: "2026-09-25T12:58:45-03:00"
tags:
  - "Contaminación"
  - "FRENTE A FRENTE"
  - "Río Arenales"
  - "Salta"
author_name: "Nicolás"
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category_name: "Salta"
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# Aguas del Norte: La Corte de Salta le ratificó la responsabilidad por la contaminación del río Arenales

![nuevo-puente-y-complementarias-drone-8a-1024x597](/download/multimedia.normal.af408045ded0e7b2.bm9ybWFsLmpwZWc%3D.jpeg)

[FRENTE A FRENTE.-](https://frenteafrente.com.ar/)La **Corte de Justicia de Salta** dictó un fallo clave en el marco de la histórica causa por la recuperación ambiental de la capital salteña. El Máximo Tribunal rechazó el recurso de apelación presentado por **CoSAySa (Aguas del Norte)** y confirmó la resolución impulsada por el fiscal civil **Rodrigo Erazo Schmidt**, ordenando que la empresa prestadora continúe como parte demandada e imprevista en la ejecución de la sentencia para el saneamiento integral del **río Arenales**.

La prestataria buscaba desligarse del proceso argumentando que la demanda originaria se dirigía únicamente contra la Provincia y la Municipalidad de Salta, además de sostener que las tareas ya ejecutadas eran "suficientes" y que el alcance de la condena se limitaba a un tramo acotado del río.

Sin embargo, los jueces de la Corte fueron contundentes: remarcaron que la responsabilidad de la empresa **surge de la sentencia de fondo dictada en agosto de 2017**, la cual la incluyó expresamente por el vertido directo de efluentes cloacales crudos. Asimismo, desestimaron la fragmentación del reclamo al recordar que una **cuenca hídrica constituye una unidad ambiental indivisible**, por lo que su tratamiento no puede abordarse por tramos aislados.

### **El trabajo de la Unidad Fiscal Ambiental**

La incorporación formal de CoSAySa a la etapa de ejecución fue solicitada en abril de 2023 por Erazo Schmidt, en consonancia con la creación de la **Unidad Fiscal Ambiental Subcuenca Arias-Arenales**, conformada por decisión del procurador general **Pedro García Castiella**.

Esa resolución marcó un precedente técnico al abordar por primera vez la problemática bajo la **perspectiva de cuenca hídrica ambiental**, alineada con parámetros internacionales y la jurisprudencia de la Corte Suprema de la Nación.

La Unidad Fiscal —integrada por Erazo Schmidt en el fuero civil y constitucional, junto al fiscal penal **Federico Jovanovics** en el área contravencional y penal, apoyados por peritos del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF)— acopió evidencia científica sobre los vuelcos ilegales, derivando en investigaciones paralelas sobre la contaminación hídrica.

### **Fines de incumplimiento y multas acumulativas**

El proceso de ejecución judicial se reactivó a principios de 2023 tras **más de cinco años de mora** en el cumplimiento de los tres pilares fijados en 2017: el *Plan de Manejo del Río Arenales*, el *Plan Sanitario de Emergencia* y el *Plan de Monitoreo*.

Aunque las partes presentaron informes sobre obras, la jueza María Victoria Mosmann —con posterior aval de la Corte— determinó que las acciones eran parches aislados y no una planificación integral con cronogramas, presupuestos ni indicadores claros. Cabe destacar que tanto la Provincia como el Municipio acataron el fallo inicial y comenzaron las tareas de recuperación, **siendo CoSAySa la única entidad que apeló para eludir su responsabilidad**.

Ante la persistencia de los vertidos cloacales sin tratamiento, en diciembre de 2023 la Justicia le exigió a CoSAySa un **Plan de Contingencia Urgente**. Ante el desacato continuo, se le impusieron **sanciones conminatorias (astreintes) de $500.000 diarios** al presidente de la empresa, cuyos fondos por disposición judicial serán destinados íntegramente a financiar las obras de saneamiento que beneficien a los vecinos afectados.

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