
Prohíben modificar una finca de Cafayate devastada por dos incendios intencionales
Nicolás


FRENTE A FRENTE.-En un contundente fallo en materia de protección ambiental y judicial, el Juzgado de Garantías de Cafayate dictó una medida cautelar de prohibición de innovar sobre un extenso predio de bosque nativo y pastizales que fue víctima de dos voraces incendios intencionales en lo que va del año.
La resolución, firmada por la jueza María Virginia Toranzos a instancia de un pedido formal de la fiscal penal Sandra Rojas, recae sobre el inmueble con Matrícula Catastral N.º 6524, perteneciente a la firma Finca El Monte S.A., ubicado en las inmediaciones del Aeródromo Gilberto Lavaque.
Con esta decisión, la Justicia frena a cero cualquier intento de especulación o modificación del predio: se prohibió expresamente todo tipo de subdivisión, loteo, urbanización, cambio de uso de suelo, transferencia de dominio para esos fines o tramitación de autorizaciones administrativas. Además, el fallo advierte que cualquier persona que intente violar la restricción incurrirá en el delito de desobediencia judicial.
Focos intencionales y un imputado
La medida cautelar surge como una derivación directa de la investigación penal iniciada por los violentos incendios registrados los pasados 13 de mayo y 7 de junio. En ambas ocasiones, la magnitud del fuego requirió un despliegue extraordinario de Bomberos Voluntarios, brigadistas forestales, la Policía provincial y vecinos de la zona, quienes debieron combatir las llamas durante horas para evitar una tragedia mayor.
Lejos de tratarse de un accidente, el avance de la causa permitió reunir pruebas clave: testimonios, peritajes policiales, análisis de telefonía móvil, georreferenciación de dispositivos e imágenes que identificaron el vehículo con el que se habría desplazado el responsable. Todo esto derivó en la imputación de un hombre de 32 años como autor presunto de dos hechos de incendio doloso en concurso real.
Proteger la tierra de la especulación
El argumento central de la fiscal Rojas —respaldado plenamente por la magistrada— radica en evitar que, mientras el proceso penal sigue su curso, se ejecuten obras, loteos o alteraciones jurídicas que desvirtúen el estado original del inmueble o violen la legislación ambiental vigente que resguarda a las áreas quemadas.
Al considerar probados la "verosimilitud del derecho" y el "peligro en la demora", la Justicia fijó un antecedente crucial para la zona: el terreno quemado no se toca hasta que la investigación y las normas de remediación ambiental digan lo contrario.




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